La reforma de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca) deja la vía libre para que las autonomías creen un amplio abanico de impuestos y consigan paliar así su escasez recaudatoria.
El nuevo artículo 6.3 permitirá no sólo que aumente la ya iniciada tendencia de impuestos verdes, sino que tributos de otro tipo, como el que grava a las grandes superficies, queden convalidados.
Dos nuevos impuestos creados recientemente sirven de ejemplo. Un ‘canon eólico’ establecido por Galicia (por la Ley 8/2009) y otro que grava en Cantabria (en la Ley 6/2009) el depósito de residuos. Ambos pretenden obtener más recursos para las arcas autonómicas por el supuesto daño medioambiental que generan, en un caso, la instalación de aerogeneradores en los parques eólicos, y en el otro, la entrega de residuos en vertederos.
Nueva redacción
Como establece el nuevo artículo 6.3 de la Lofca, “las comunidades autónomas podrán establecer y gestionar tributos sobre las materias que la legislación de Régimen Local reserve a las Corporaciones locales”.
Esto lo que significa es que, por ejemplo, aunque exista un impuesto local sobre la recogida de basuras, podrá existir otro similar de carácter autonómico que grave otra cuestión –como el ejemplo de Cantabria–. Ahora, la reforma ha suprimido el párrafo que exigía ajustarse a la legislación local, por lo que las autonomías ya no tendrán tal límite.
Como explica a EXPANSIÓN José Ignacio Rubio de Urquía, abogado e Inspector de Hacienda del Estado excedente, “con esta reforma se levanta la prohibición a las autonomías de establecer tributos propios sobre materias imponibles gravadas por los impuestos locales”, como sucede con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Precisamente, el Tribunal Constitucional ha analizado a lo largo de su historia la colisión entre ambas esferas tributarias, la autonómica y la local; de hecho, ahora tiene recursos pendientes sobre las tasas impuestas a las grandes superficies en varias autonomías.
Antes de la reforma había una colisión de tributos locales y autonómicos, que ahora desaparece
“Lo grave no es lo que supone esta reforma a futuro, sino de forma retrospectiva sobre estos impuestos pendientes de sentencia del TC, ya que éste aplica la ley vigente en el momento de dictar sentencia”, explica.
Esto supondrá, con toda probabilidad, que estos impuestos queden convalidados. “Este artículo 6.3 es un punto de inflexión para las autonomías, porque abre un universo de posibilidades para crear más tributos”, precisa.
No veo mal que le den un poco más de autonomía a las CCAA a la hora de decidir el introducir una nueva tasa, como puede ser en el caso de cosas que dañen el medioambiente y no tengan tasas que lo regulen. Por ejemplo en muchos países europeos, que están muy por delante de nosotros en temas de energías renovables tienen unos tasas muy altas sobre los automóviles llegando a pagar incluso 10.000€ más por un coche de similares prestaciones pero que emite más gases a la atmósfera. No prohiben del todo su fabricación pero imponen tasas muy altas para el que los quiera tener. Bueno, poco a poco, también se están regulando para que cada vez esas emisiones sean cada vez menores como requisito indispensable para fabricarlos.
Respecto a esta autonomía, yo no la veo mal siempre que esté regulada y no se empiecen a duplicar impuestos que regulen la misma cosa.
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